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Los tipos de reconocimiento citados en los puntos a) y b) implican la
existencia de personería jurídica, mientras que el previsto en el punto c)
no implica personería jurídica.
En general las OSC se ajustan a la legislación vigente, ya que no es
compleja; sin embargo, las dificultades pueden surgir de las lagunas
anotadas antes, que hoy se superan, en alguna medida, por la
jurisprudencia y las previsiones estatutarias.
En términos generales, la práctica de rendición de cuentas no es
extendida entre las OSC del Paraguay, ya que no existe obligación legal
para la presentación pública de las actividades financieras e informes
contables. Si bien la mayoría de las organizaciones presentan informes a
los donantes, son menos aun las que cuentan con auditorías externas.
En los medios de prensa eventualmente se difunden informaciones que más
bien tienden a desacreditar la acción y la credibilidad de las OSC, ya sea por
poner en duda los manejos financieros –particularmente cuando administran
fondos del Estado– o por la falta de resultados e impacto de su accionar.
Antecedentes de Rendir Cuentas Paraguay
En el mes de agosto de 2012, por invitación de la Iniciativa Regional
Rendir Cuentas, se convoca a las OSC del Paraguay a conformar un
Grupo Impulsor para promover prácticas de transparencia y acciones de
rendición de cuentas públicas.
La convocatoria se hace en el marco del “Sociedad Civil - Proyecto
Topu’â Paraguay”, implementado por Semillas para la Democracia como
parte del Programa de Sociedad Civil de la Agencia del Gobierno de los
Estados Unidos para el Desarrollo Internacional – USAID.
“En términos
generales, la
práctica de
rendición de
cuentas no es
extendida entre
las OSC del
Paraguay, ya
que no existe
obligación legal”
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